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Hombres trans y personas no binarias tienen derecho a licencia de maternidad: Corte Constitucional

Los magistrados aseguraron que los hombres trans y personas no binarias son objeto de protección de sus derechos, por lo que debe regularse esta situación en la ley.

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Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 08/09/2023 - 20:47 Créditos: Procuraduría General de la Nación

La Corte Constitucional ha emitido una determinación crucial al establecer que las licencias de maternidad también amparan a hombres transgénero y personas no binarias durante el período de gestación.

Esta decisión se produce tras el análisis de una acción de tutela que argumentaba la vulneración de los derechos a la igualdad para esta población, ya que el Código Sustantivo del Trabajo no hacía referencia explícita a personas con identidades de género diversas.

Según los magistrados, esta omisión en la legislación infringía el principio de igualdad y el derecho a la seguridad social, ya que se utilizaban términos como 'trabajadora', 'madre' y 'mujer' para definir a los beneficiarios de las licencias de maternidad y parentales compartidas, excluyendo así explícitamente a los hombres transgénero y a personas no binarias.

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La Corte afirmó que los derechos de los hombres transgénero y personas no binarias deben ser protegidos, y que la ley debe regular esta situación. Además, consideraron que los hijos de esta comunidad también podrían ser objeto de discriminación y establecieron que los menores de edad no deben sufrir discriminación debido a la identidad de género de sus padres.

En última instancia, la Corte concluyó que se había producido una omisión legislativa relativa sin justificación, al no cumplir con el deber de promover los objetivos de las licencias de maternidad y parentales compartidas y flexibles.

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