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Corte Constitucional avala la Ley de Jurisdicción Agraria y Rural

El texto ya fue enviado al presidente Gustavo Petro para su sanción.

Petro insiste en modificar el marco fiscal para cumplir con la reforma agraria
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 03/09/2025 - 18:00 Créditos: Colprensa

La Jurisdicción Agraria y Rural dio un paso decisivo para entrar en vigencia. La Corte Constitucional aprobó la mayoría de los artículos de la ley estatutaria que la crea, promovida por el Gobierno Nacional para fortalecer la justicia en el campo. Sin embargo, el Alto Tribunal tumbó dos apartados y condicionó otros dos. El texto ya fue enviado al presidente Gustavo Petro para su sanción.

La revisión se dio en el marco del control automático de constitucionalidad, que exige que toda ley estatutaria pase por este examen antes de entrar en vigor. 

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Según el fallo, el Congreso cumplió los trámites exigidos: el proyecto fue radicado, discutido y aprobado en el orden y con las mayorías establecidas en la Constitución.

No obstante, la Corte eliminó los artículos 4 y 5 por violar el principio de unidad de materia, al tratar sobre cambios en la Corte Suprema y el Consejo de Estado, asuntos ajenos al propósito central de la ley. En cuanto al artículo 3, aclaró que solo es constitucional si se interpreta como una modificación al artículo 12 de la Ley 270 de 1996, actualizado en 2024.

El artículo 8 también fue objeto de condicionamientos. Este regula los concursos para elegir jueces y magistrados de la jurisdicción, que deberán incluir contenidos sobre derechos fundamentales del campesinado, enfoques de género y territorio. Además, deberán garantizar igualdad de oportunidades para mujeres, comunidades campesinas, grupos étnicos y víctimas del conflicto armado.

Los artículos 1, 2, 6, 7, 9, 10 y 12 fueron declarados plenamente constitucionales. Con ello, se abre el camino para implementar una jurisdicción especializada en resolver conflictos de tierras y otros temas del campo, facilitando el acceso a la justicia en zonas rurales. La sentencia fue presentada por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar y ahora corresponde al presidente Petro sancionar la ley para su aplicación en todo el país.

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