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Consejo de Estado niega aclaración solicitada por Presidencia sobre límites a alocuciones presidenciales

Gobierno pierde petición: se mantienen los límites a alocuciones de Gustavo Petro, no habrá cambios.

Consejo de Estado 25
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 19/11/2025 - 22:54 Créditos: Red social X @consejodeestado / Fachada edificio del Consejo de Estado

El Consejo de Estado mantuvo en firme la decisión que restringe el uso de las alocuciones presidenciales, al negar una solicitud de aclaración presentada por la Presidencia de la República. 

 

La administración pidió precisar el alcance del fallo emitido en septiembre, el cual estableció límites estrictos a la frecuencia, contenido y duración de estas intervenciones por televisión y radio en canales públicos y privados.

 

La Presidencia presentó el recurso luego de que el alto tribunal resolviera una tutela interpuesta por un grupo de ciudadanos que afirmaron que el presidente Gustavo Petro había utilizado de manera indebida y desproporcionada la figura de la alocución. 

 

Tras revisar esos planteamientos, el Consejo de Estado concluyó que las emisiones reiteradas vulneraron el pluralismo informativo y desconocieron los parámetros constitucionales que regulan este mecanismo.

 

En la providencia conocida por este medio, el tribunal fue explícito: “Negar la solicitud de aclaración de la sentencia de 16 de septiembre de 2025, presentada por el Presidente de la República y la Presidencia de la República, por las razones expuestas”. 

 

Con ello dejó claro que no existe duda interpretativa que amerite modificar o precisar la decisión previamente adoptada.

 

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El fallo original de septiembre estableció que la alocución presidencial solo puede activarse en situaciones excepcionales y urgentes, como emergencias ambientales, desastres naturales o alteraciones graves del orden público. 

 

Según el tribunal, el uso frecuente de este recurso desplaza la programación habitual de los medios y afecta la diversidad informativa, al privilegiar de manera injustificada la voz del Ejecutivo sobre otros actores sociales.

 

La sentencia también ordenó supervisar que las futuras alocuciones se limiten a hechos de evidente urgencia y trascendencia pública, con intervenciones que no resulten prolongadas ni se repitan varias veces por semana. 

 

El tribunal indicó que las transmisiones deben ceñirse a un marco de estricta necesidad institucional y no convertirse en espacios de comunicación ordinaria.

 

Además, el Consejo de Estado instruyó a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) para que, antes del 31 de diciembre de 2025, expida una regulación específica que garantice el pluralismo informativo en el uso de los canales públicos y privados cuando se active esta figura. 

 

Esa labor buscará establecer criterios claros de proporcionalidad, duración y pertinencia, con el fin de evitar que las alocuciones interfieran de manera permanente con la programación y la oferta informativa habitual.

 

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