Publicidad

 
Publicidad

Pico y placa por la Feria de Cali 2023: así funcionará hasta el 29 de diciembre

A pesar de la celebración, la medida de pico y placa se mantiene hasta elste viernes, imponiendo restricciones durante la festividad caleña.

PICO Y PLACA CALI 26 DE DIC
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mar, 26/12/2023 - 12:56 Créditos: Alcaldía de Cali

Esta semana, la sucrusal del cielo se ilumina con los preparativos para la Feria de Cali 2023, pero con la celebración viene un cambio significativo en la movilidad que los residentes y visitantes deben tener en cuenta: la continuidad del pico y placa.

Pico y Placa en Cali

Esta decisión busca mantener un control efectivo del tráfico vehicular durante la festividad, un desafío debido a la alta demanda de vehículos. La restricción estará en vigor hasta el viernes 29 de diciembre, con horarios establecidos de 6:00 a.m. a 8:00 p.m.

Aunque la Feria suele implicar ciertas flexibilidades en las restricciones viales, la necesidad de gestionar el flujo vehicular durante este evento ha llevado a la decisión de mantener el pico y placa sin cambios significativos.

Horarios y días de Pico y Placa durante la Feria:

  • Lunes 25 de diciembre: Placas 1 y 2
  • Martes 26 de diciembre: Placas 3 y 4
  • Miércoles 27 de diciembre: Placas 5 y 6
  • Jueves 28 de diciembre: Placas 7 y 8
  • Viernes 29 de diciembre: Placas 9 y 0

Lea también (Programación Feria de Cali 2023: cronograma oficial conciertos, desfiles, artistas y más)

Sanciones rigurosas para infractores

La administración municipal ha dejado claro que infringir las normas de pico y placa durante la Feria no será tomado a la ligera. Los infractores enfrentarán sanciones significativas, incluyendo multas equivalentes a 15 salarios mínimos legales vigentes, superando los $500.000. Además, los costos relacionados con el traslado a patios y el servicio de grúa serán responsabilidad del propietario del vehículo.

Excepciones para circulación en Cali

La restricción no aplica para vehículos híbridos o eléctricos, automotores de carga con capacidad igual o mayor a cinco toneladas, vehículos de transporte público, aquellos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación, motocicletas, autos que transporten personas con movilidad reducida debidamente acreditadas, así como vehículos de las Fuerzas Militares, caravanas presidenciales y oficiales.

 

 

Otras noticias: 

 

 

 

Etiquetas