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Presidencia recusa al presidente de la Corte Constitucional en revisión del decreto de emergencia económica
Argumentos de la presidencia de la República contra el presidente del Alto Tribunal.
La Presidencia de la República presentó una recusación contra el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, para que se aparte del estudio y decisión del decreto que declaró la emergencia económica y que actualmente se encuentra bajo control constitucional del Alto Tribunal.
Según el Gobierno, la solicitud se fundamenta en que el magistrado Ibáñez habría emitido un concepto previo sobre el decreto en una entrevista periodística, lo que, a juicio del Ejecutivo, comprometería su imparcialidad dentro del proceso. La petición fue presentada para que sea evaluada conforme a los procedimientos establecidos por la Corte.
La recusación se conoce en un contexto particular, luego de que el propio presidente de la Corte Constitucional solicitara la suspensión provisional del decreto de emergencia económica, una medida poco habitual en este tipo de procesos. La solicitud fue radicada directamente por Ibáñez Najar, pese a que no es el magistrado ponente del expediente.
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De acuerdo con información conocida desde la Corte, la iniciativa de decretar la medida cautelar busca suspender temporalmente los efectos del decreto mientras se adelanta el análisis de fondo por parte de la Sala Plena, lo que generó un fuerte debate institucional.
El documento de recusación fue suscrito por Augusto Alfonso Ocampo Camacho, secretario jurídico de la Presidencia, quien actuó con fundamento en los artículos 25 a 31 del Decreto 2067 de 1991, que regula los trámites ante la Corte Constitucional.
Aunque el magistrado Ibáñez no actúa como ponente del proceso, la Presidencia sostuvo que su condición de presidente del alto tribunal y miembro de la Sala Plena lo convierte en un decisor directo tanto en los asuntos incidentales como en el estudio de fondo del decreto, razón por la cual solicitó evaluar su permanencia en el expediente.
Como sustento principal, el Ejecutivo citó una entrevista concedida por Ibáñez a la periodista María Isabel Rueda, en la que el magistrado planteó la necesidad de “revisar y ampliar la jurisprudencia” para permitir la suspensión provisional de decretos expedidos durante estados de excepción, señalando que este asunto debía resolverse “de manera inmediata” por la Corte.
Finalmente, la Presidencia aseguró que la recusación cumple con los requisitos de oportunidad, legitimación y carga argumentativa exigidos por la jurisprudencia constitucional, y dejó en manos del alto tribunal la decisión sobre la procedencia del incidente.
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