Publicidad

 
Publicidad

Ley de Garantías inicia este 8 de noviembre: restricciones, excepciones y todo lo que debe saber

La norma busca evitar que se use la maquinaria estatal con fines electorales. Estas son las principales limitaciones y fechas clave.

firma contrato
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 07/11/2025 - 17:11 Créditos: Imagen tomada de Pixabay

A partir de este 8 de noviembre de 2025 entra en vigor la Ley de Garantías Electorales, uno de los mecanismos más importantes del sistema democrático colombiano para garantizar que las elecciones se desarrollen bajo condiciones de igualdad, transparencia y equidad entre los aspirantes.

La Ley 996 de 2005 prohíbe que los funcionarios públicos utilicen recursos del Estado —como presupuestos, contratos o empleos— para favorecer o influir en campañas políticas durante los meses previos a los comicios. Su aplicación es vigilada por la Agencia Nacional de Contratación Pública, que emitió la Circular Externa 006 de 2025 con orientaciones para todas las entidades que manejan fondos públicos.

Le recomendamos leer (Fundación Universitaria San José anula los títulos de Juliana Guerrero)

Existen dos tipos de restricciones principales. La primera: que entra en vigor este 8 de noviembre, prohíbe la celebración de convenios interadministrativos que impliquen gasto público por parte de gobernadores, alcaldes, secretarios y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, distrital o departamental. Esta medida busca impedir el uso de recursos estatales con fines electorales, aunque sí permite convenios “a título gratuito”, es decir, aquellos que no impliquen la ejecución de dinero.

La segunda restricción, más amplia, se refiere a la contratación directa y aplica a todas las entidades del Estado, sin importar su régimen o nivel administrativo. Esta modalidad se entiende como cualquier proceso en el que se elija un contratista sin convocatoria pública ni competencia entre oferentes. En el actual ciclo electoral, que culminará con las elecciones presidenciales de mayo de 2026, esta restricción comenzará el 31 de enero de 2026 y se extenderá hasta una eventual segunda vuelta presidencial.

Pese a las limitaciones, la Ley no detiene la contratación estatal. Las entidades pueden continuar sus procesos mediante métodos competitivos como licitación pública, concursos de méritos, selección abreviada o mínima cuantía. Además, los contratos suscritos antes de las restricciones pueden ser prorrogados, modificados o adicionados si cumplen con los principios de planeación y transparencia.

Por último, la Ley contempla excepciones para la contratación directa en situaciones críticas donde la urgencia prevalece sobre el calendario electoral. Estas incluyen contratos relacionados con defensa y seguridad del Estado, crédito público, emergencias sanitarias o desastres naturales, reconstrucción de infraestructura afectada y los servicios de salud y hospitalarios.

Con la entrada en vigencia de la Ley de Garantías, el Estado colombiano busca asegurar que los recursos públicos se mantengan al margen de la contienda electoral, protegiendo la transparencia y la equidad democrática en el camino hacia las elecciones de 2026.

Otras noticias

 

Etiquetas