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Chile: Se ordena a una pareja la tenencia compartida de sus mascotas
Se argumentó que “La relación entre seres humanos y animales de compañía es similar a una relación padre e hijo”.
El Octavo Juzgado Civil de Santiago en Chile acogió una demanda de cese gratuito de bien común y estableció la tenencia compartida de dos perros de raza shi tzu de propiedad de exconvivientes. La pareja dejó de convivir y se decidió por la tenencia de las mascotas.
La sentencia estuvo a cargo de la magistrada Sylvia Papa Beletti quien acogió la acción presentada y estableció que las mascotas son de propiedad común de la expareja, por lo que fijó un régimen de tenencia, por tres meses, a cada parte.
Resulta de toda justicia, que ambos puedan mantenerlos bajo su protección y cuidado compartido, por igual, como se dirá, estimando esta sentenciadora que ello se satisface mediante la tenencia de cada tres meses por cada uno de los copropietarios
El fallo sostuvo que “en cuanto a los pagos de gastos de ‘Igor’ y ‘Bambú’, de los que se desprende que tanto el actor como la demandada han concurrido a ellos, se puede presumir que la propiedad de estos pertenece a ambas partes; concurriendo entonces el primero de los requisitos de la presente acción, esto es, la existencia de una cosa común”.
La resolución agrega:
Que ahora bien, en relación al segundo de los requisitos, es decir, que la cosa común esté siendo usada por uno o algunos de los comuneros, la posesión o tenencia de las mascotas por la demandada, se ha probado tanto por el relato realizado por los testimonios presentados por esta misma parte, así como de la cadena de correos electrónicos acompañado por el demandante
En ese orden de ideas, “acreditados los presupuestos de la acción para que opere el cese del goce gratuito de los bienes comunes, el sentido que debe impulsar la decisión de esta juez, evidentemente debe estar orientado a que el actor pueda satisfacer su derecho de propiedad a través de la tenencia compartida de sus mascotas”, razona la magistrada.
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