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Niegan rebaja de pena a ‘Epa Colombia’: seguirá presa por vandalismo en TransMilenio

Un juez rechazó aplicar justicia restaurativa y redosificar la condena de cinco años impuesta por la Corte Suprema.

EPA COLOMBIA 29 ENERO 1
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mar, 13/01/2026 - 20:38 Créditos: Instagram @epa_colombia / Daneidy Barrera Rojas

El juez tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá negó la solicitud de extinción y redosificación de la pena presentada por Daneidy Barrera Rojas, conocida como ‘Epa Colombia’, quien cumple una condena de cinco años de prisión por vandalizar una estación de TransMilenio durante las protestas del paro nacional de 2019.

Con esta decisión, la reconocida influencer continuará privada de la libertad en la Escuela de Carabineros de la Policía en Bogotá, donde cumple la sentencia impuesta en enero de 2025 por la Corte Suprema de Justicia.

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Barrera Rojas fundamentó su petición en la Ley 2477 de 2025, que promueve la justicia restaurativa como mecanismo para descongestionar el sistema judicial, bajo el principio de garantizar la reparación de las víctimas. No obstante, el despacho judicial consideró que no se cumplían los presupuestos para acceder a los beneficios solicitados.

La "influencer" fue capturada en enero de 2025 por orden del Alto Tribunal, luego de que se confirmara su responsabilidad en los actos vandálicos registrados en noviembre de 2019. Los delitos por los que fue condenada incluyen instigación al terrorismo, daño en bien ajeno y obstrucción del transporte público.

La estrategia jurídica de la defensa incluyó un concepto remitido por la Fundación Faruq Abdala Internacional, organización que ha respaldado públicamente a la condenada. En el documento, la fundación instó a la justicia colombiana a “replantear la condena”, haciendo referencia a las condiciones de reclusión que enfrentaba Barrera Rojas cuando permanecía en la cárcel El Buen Pastor.

Adicionalmente, a finales de marzo del año pasado, la defensa solicitó la aplicación de la ley de utilidad pública, argumentando que ‘Epa Colombia’ cumplía los requisitos por ser madre cabeza de familia. Sin embargo, la entonces ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, aclaró que dicha norma no era aplicable, al considerar que los delitos no estaban relacionados con motivaciones económicas ni con una situación de vulnerabilidad.

Tras la negativa del juzgado, la defensa de Daneidy Barrera Rojas interpuso recurso de apelación tanto contra la decisión que negó la extinción de la pena como frente a la redosificación solicitada, recursos que ahora deberán ser analizados por la autoridad judicial competente.

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