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JEP resuelve situación jurídica de 36 integrantes del Ejército por crímenes en Norte de Santander
Se trata de 21 exintegrantes de la Brigada Móvil No. 15 y de 15 del Batallón de Infantería N°15.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha resuelto la situación jurídica de 36 miembros del Ejército Nacional, quienes no fueron seleccionados como los máximos responsables de asesinatos y desapariciones forzadas en Norte de Santander.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas otorgó a estos exmilitares los primeros beneficios definitivos de renuncia a la persecución penal, tras verificar que aportaron una verdad plena, exhaustiva y detallada, y contribuyeron a garantizar los derechos de las víctimas a la restauración y la no repetición.
Estos comparecientes, 21 de los cuales pertenecieron a la Brigada Móvil No 15 y 15 del Batallón de Infantería N 15 'General Francisco de Paula Santander' (BISAN) entre 2006 y 2008, enfrentaban procesos penales y disciplinarios relacionados con homicidios y desapariciones forzadas.
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Los crímenes forman parte de un patrón macrocriminal de ejecuciones extrajudiciales en la región, y aunque no se les considera los máximos responsables, su colaboración en el proceso permitió reconstruir los hechos de forma detallada, superando en muchos casos la información disponible en la justicia ordinaria.
La resolución de la situación jurídica de estos exintegrantes del Ejército Nacional establece un precedente en la justicia transicional, ya que, bajo el régimen no sancionatorio, no se les impone pena de prisión, pero deben cumplir con tres condiciones: Aportar verdad plena sobre los crímenes cometidos, realizar medidas de reparación a las víctimas, y garantizar que no se repitan los hechos. Si alguno incumple estas condiciones, podría perder el beneficio y ser procesado nuevamente por la justicia ordinaria.
Este avance también subraya la importancia de resolver la situación jurídica de los responsables no determinantes de crímenes internacionales, en un marco de justicia que busque la reparación integral a las víctimas, el reconocimiento público del sufrimiento causado, y la garantía de no repetición.
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