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JEP otorga renuncia a la persecución penal a 34 militares por “falsos positivos”

Los exuniformados admitieron su responsabilidad y presentaron acciones restaurativas ante las familias de las víctimas.

JEP restauración
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 30/05/2025 - 14:49 Créditos: Página web https://www.jep.gov.co/ La JEP concede la renuncia a la persecución penal a 34 comparecientes de la fuerza pública que participaron en ‘falsos positivos’

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) concedió la renuncia a la persecución penal a 34 comparecientes de la fuerza pública vinculados al Batallón de Infantería No. 15 General Francisco de Paula Santander, por su participación en asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate en Norte de Santander entre 2007 y 2008.

Los exuniformados no fueron seleccionados como máximos responsables, pero cumplieron con los requisitos exigidos por la JEP, como la entrega de verdad plena y la presentación de propuestas restaurativas. 

Según lo determinado por la Subsala Catatumbo de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, los comparecientes participaron en cuatro hechos en los municipios de Ocaña y Ábrego, donde seis jóvenes fueron engañados en Soacha, Cundinamarca, y posteriormente asesinados y presentados como miembros de grupos armados ilegales.

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Las víctimas directas fueron Camilo Andrés Valencia, Fair Leonardo Porras Bernal, Elkin Gustavo Verano Hernández, Joaquín Castro Vásquez, Yonny Duvián Soto Muñoz y Jaime Castillo Peña. Las audiencias en las que se evaluaron los aportes de verdad se llevaron a cabo entre agosto de 2024 y marzo de 2025, con la participación de familiares de las víctimas, quienes pudieron interrogar a los comparecientes y conocer detalles que superaron lo establecido por la justicia ordinaria.

En uno de los casos, el de Fair Leonardo Porras Bernal, la JEP concluyó que también se configuró el crimen de guerra de tratos crueles, inhumanos y degradantes, conforme al Estatuto de Roma. Los comparecientes propusieron medidas restaurativas como actos públicos de perdón, dignificación de la memoria de las víctimas, pago de deudas en cementerios y participación en proyectos definidos por la Jurisdicción.

Como medida adicional, la JEP determinó que los exuniformados no podrán reincorporarse a la fuerza pública y deberán perder los reconocimientos obtenidos por estos hechos, ya que “incurrieron en conductas que desconocieron sus obligaciones constitucionales y legales, como era el deber de proteger la vida, honra y dignidad de las víctimas”.

Con esta decisión, se extingue su responsabilidad penal y disciplinaria por estos crímenes, y se ordena el archivo definitivo de los procesos en curso por parte de la justicia ordinaria.

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