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JEP dice que ataque de las Farc a Catam en 2003 no es un crimen de guerra
Argumentos de la decisión de la Jurisdicción Especial.
La Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) determinó que el ataque perpetrado por las Farc contra el Comando Aéreo de Transporte Militar (Catam) de Bogotá en 2003, no es un crimen de guerra.
Según la Jurisdicción creada tras la firma del Acuerdo de Paz, el ataque a Catam es una clara infracción al Derecho Internacional Humanitario (DIH), pero que no supone un crimen de guerra debido a que la afectación no fue grave.
De esta manera, la magistratura otorgó la amnistía a Lisardo Valderrama Rojas, integrante de la extinta estructura guerrillera, condenado por el hecho a 11 años de prisión.
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De acuerdo con las investigaciones de esa Jurisdicción, en el hecho solo se utilizó una de las dos armas que se planeaba emplear en el ataque. La otra arma fue abandonada en el lugar y nunca se usó. Además, la JEP declaró que el ataque fue fallido.
Como segundo argumento en su decisión, la JEP determinó que no hubo daños, ya que "ninguna de las dos granadas causó heridas a civiles ni afectaron bienes jurídicos como la vida o la integridad personal" y "tampoco se produjeron daños materiales a bienes civiles".
En tercer lugar, la Sala tuvo en cuenta que "tampoco hubo una puesta en peligro con significado social para los derechos fundamentales a los que tiene la sociedad o el colectivo, quienes son el sujeto pasivo o titular del bien jurídico de la seguridad pública".
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