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Corte traza límites a la protesta violenta: "La legitimidad se desfigura cuando hay vandalismo"
El Alto Tribunal ratificó la condena a un manifestante por amenazas durante el paro nacional de 2021 y sentó jurisprudencia sobre los excesos en las movilizaciones sociales.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, con ponencia del magistrado Gerson Chaverra, sentó una postura contundente frente a los actos de vandalismo cometidos durante protestas sociales, al advertir que la legitimidad de estas movilizaciones se pierde cuando se desvían de sus fines constitucionales. El pronunciamiento se dio en el marco del recurso de casación de Francisco Javier Velasco Cabrera, condenado por amenazas durante el estallido social de 2021.
La Corte reconoció el carácter disruptivo de la protesta como expresión legítima de la libertad de expresión y del derecho político a manifestarse, pero advirtió que estos derechos no son absolutos.
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Según el fallo, la protesta pierde su validez cuando deja de buscar un cambio constitucionalmente válido, da prioridad a intereses particulares o incurre en actos violentos que desbordan los fines de la movilización.
"La legitimidad misma de la movilización pública se desfigura cuando el ejercicio de la protesta se escinde de un propósito válido, se anteponen intereses particulares o se excede desproporcionadamente el ímpetu disruptivo", señala la sentencia, que además recalca que el derecho a la protesta está protegido por la Constitución siempre que sea ejercido de forma pacífica.
En el caso de Velasco Cabrera, el Alto Tribunal determinó que actuó como facilitador para que un grupo de manifestantes intimidara y amenazara a unas personas que transitaban en motocicleta por Cali. La Corte concluyó que sus acciones no solo generaron zozobra, sino que también implicaron una imposición arbitraria de sus convicciones políticas.
Por estas razones, la Corte Suprema negó la solicitud de casación y ratificó la condena impuesta por el Tribunal Superior de Cali. “Las pruebas demuestran que Francisco Javier Velasco Cabrera amenazó con determinación a las víctimas directas con el propósito inequívoco de generar zozobra en ese sector de la población”, concluye el fallo.
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