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Corte ratifica condena contra exmagistrado Eduardo Castellanos por cohecho y soborno
El órgano judicial dejó en firme la condena contra el exmagistrado Castellanos por recibir pagos para favorecer al exparamilitar alias "El Mellizo".

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena contra Eduardo Castellanos Roso, exmagistrado de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, por su responsabilidad en los delitos de cohecho propio y soborno en actuación penal.
El fallo deja en firme la decisión emitida previamente por la Sala Especial de Primera Instancia, que lo halló culpable de haber recibido dádivas para favorecer los intereses de Miguel Ángel Mejía Múnera, alias "El Mellizo", exjefe paramilitar.
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Los hechos por los que fue condenado se remontan al período entre 2013 y 2016, cuando Castellanos recibió pagos, atenciones e invitaciones con el objetivo de dilatar un proceso judicial clave dentro del sistema de Justicia y Paz.
En concreto, se le acusa de facilitar demoras en el incidente de exclusión que buscaba retirar a Mejía Múnera de dicho proceso, además de mantenerlo informado sobre decisiones internas del tribunal.
A pesar de los alegatos de la defensa, la Corte consideró creíble y sólida la declaración de Marco Tulio Quintero Cano, abogado del exparamilitar y testigo clave en el proceso. En la providencia, el Alto Tribunal afirmó que su testimonio fue coherente, racional y respaldado por otras pruebas, sin indicios de motivaciones distintas a denunciar hechos delictivos.
La Corte también documentó que en 2018, cuando Quintero Cano fue citado por la Fiscalía, Castellanos intentó sobornarlo para que no lo delatara.
El exmagistrado ofreció y entregó dinero al abogado con la intención de evitar su implicación formal en el caso, lo que configuró el delito de soborno en actuación penal.
En consecuencia, Castellanos Roso fue condenado a 100 meses y 16 días de prisión, además de una inhabilitación para ejercer funciones públicas por el mismo tiempo y una multa de 625,02 salarios mínimos legales vigentes.
La Corte negó cualquier beneficio sustitutivo de la pena, al considerar que el exmagistrado traicionó la imparcialidad y transparencia que exige la administración de justicia en Colombia.
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