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Corte Suprema condena a dos exgobernadores de Casanare por corrupción

Helí Cala y Whitman Herney Porras enfrentan penas de prisión por irregularidades en contratación pública.

Martillo Juez
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 06/12/2024 - 16:05 Créditos: https://roleplayjuridico.com/

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a los exgobernadores de Casanare, Helí Cala López y Whitman Herney Porras Pérez, por delitos relacionados con actos de corrupción en la contratación pública.

Cala López recibió una condena de 187 meses de prisión por contrato sin cumplimiento de requisitos legales continuado y peculado por apropiación agravado por la cuantía. Por su parte, Porras Pérez fue sentenciado a 132 meses de prisión por contrato sin cumplimiento de requisitos legales en modalidad continuada.

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El caso se originó en el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica 220, suscrito el 4 de agosto de 2005 entre el Departamento de Casanare y la Organización del Convenio Andrés Bello. Este acuerdo, liderado por Cala López como gobernador encargado, buscaba fortalecer la gestión de programas y proyectos del Plan de Desarrollo Departamental. 

Sin embargo, en el marco de este proceso contractual, se firmaron 57 cartas de acuerdo que violaron los requisitos legales esenciales de la contratación pública.

Según la sentencia, los actos ilícitos incluyeron la apropiación indebida de $615.663.378, lo que configuró el delito de peculado por apropiación agravado. La Corte señaló que Cala López, como gobernador y ordenador del gasto, utilizó su posición para facilitar esta apropiación ilegal.

En cuanto a Porras Pérez, el fallo subraya que este firmó dos cartas de acuerdo a sabiendas de que dichas acciones violaban la normativa de contratación pública, incurriendo así en el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La Corte reafirmó que ambos exfuncionarios actuaron de manera deliberada para consumar los delitos, afectando gravemente los recursos públicos de Casanare. 

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