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Corte Suprema ordena suspensión de escopetas calibre 12 usadas por el Esmad y exige a MinDefensa disculparse por los excesos de fuerza

Por Tania M Quiroga Páez. | Mar, 22/09/2020 - 20:05

La Corte Suprema de Justicia ordenó que durante las próximas 48 horas se suspenda el uso de las “escopetas calibre 12”, por parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad), hasta que se constate la existencia de garantías para la utilización responsable y mesurada de dicho instrumento.

ESMAD

La determinación se registró por cuenta de una acción de tutela que interpusieron más de 20 personas en contra del Presidente de la República, el Ministro de Defensa, la Policía Nacional, entre otros actores del sector defensa, al considerar que con el uso de la fuerza por parte de miembros de la institución se ha visto troncado el derecho a la protesta pacífica y la vida, entre otros.

El alto tribunal decidió “Ordenar a los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional (Esmad) y a cualquier institución que efectué “actividades de policía” que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de este fallo, suspenda el uso de las “escopetas calibre 12”, hasta previa verificación exhaustiva, constate la existencia de garantías para la reutilización responsable y mesurada de dicho instrumento”

El alto tribunal también ordenó que el Ministro de Defensa, en las próximas 48 horas, presente disculpas por los excesos de la Fuerza Pública, en especial, por el actuar del Esmad y quienes lo ordenaron, durante las protestas desarrolladas en el país a partir del 21 de noviembre del año pasado.

ESMAD

Estas disculpas deben difundirse por radio, televisión y redes sociales. Además, el alto gobierno debe expedir un acto administrativo en el cual ordene a todos los miembros de la Rama Ejecutiva, mantener neutralidad cuando se produzcan manifestaciones no violentas, incluso, si las mismas se dirigen a cuestionar las políticas del Estado.

Según la Corte, es una obligación, que deberá plasmarse en dicho acto administrativo, el garantizar y facilitar permanentemente de manera imparcial, el ejercicio de los derechos fundamentales a la expresión, reunión, protesta pacífica y libertad de prensa, aun durante eventos de guerra exterior, conmoción interior o estado de emergencia.

El Gobierno, además, debe convocar y conformar una mesa de trabajo que reestructurar las directrices relacionadas con el uso de la fuerza en manifestaciones pacíficas, para que, se escuche y atienda los planteamientos, no sólo de los accionantes de la tutela que provocaron estas determinaciones, sino de cualquier persona interesada en el tema.

 

 

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