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Día sin carro y sin moto en Bogotá: estas son las 18 excepciones
Jornada irá de las 5:00 a.m. hasta las 9:00 p.m. Evítese multas.
Este primero de febrero de 2024, se cumplirá una nueva jornada del día sin carro y sin moto en Bogotá, la cual irá desde las 5:00 a.m, hasta 9:00 p.m.
Pese a que no habrá carros ni motos en la ciudad, al Alcaldía de Bogotá, en cabeza de Carlos Fernando Galán, publicó en las últimas horas 18 excepciones para esta primera jornada de 2024.
Este primero de febrero podrán circular: Transporte público, vehículos conducidos por personas en discapacidad o para su transporte, en cualquier caso, la persona en discapacidad debe encontrarse dentro del vehículo, transporte escolar, vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros, vehículos destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, incluyendo motocicletas, así como vehículos de emergencia.
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Asimismo, podrán transitar sin problemas por las vías bogotanas: vehículos destinados al control del tráfico, incluyendo motocicletas y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad, caravana presidencial, vehículos militares, de la Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá, vehículos de servicio diplomático o consular y motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
Por último, podrán circular vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección (UNP), vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas, carrozas fúnebres, motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio, vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del SITP, control de emisiones y vertimientos, incluyendo motocicletas y vehículos de transporte de valores.
En cambio, no podrán circular: carros y motos particulares, vehículos y motos de las escuelas de conducción, vehículos con permiso de pico y placa solidario, vehículos particulares de medios de comunicación, vehículos híbridos, vehículos dedicados a gas, taxis con pico y placa, vehículos de carga con restricciones establecidas (Decretos 840 de 2019 y 077 de 2020): Vehículos de año modelo superior a 20 años en toda la ciudad. Horario: Entre las 6:00 a.m. y las 8:00 a.m., y entre las 5:00 p.m. y las 8:00 p.m.
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