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Anla aclara que aspersión con glifosato mediante drones no requiere licencia ambiental
La entidad confirmó que la autorización para la aspersión terrestre con glifosato sigue vigente y detalló los estrictos controles ambientales que regirán el uso de drones.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) informó que el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos con Aspersión Aérea con Glifosato (Pecig), adelantado por la Policía Nacional, cuenta con un instrumento ambiental vigente que permite la aspersión terrestre del herbicida, incluyendo el uso de drones, sin que sea necesaria la expedición de una nueva licencia.
Según explicó la entidad, el Plan de Manejo Ambiental del Pecig fue otorgado inicialmente mediante la Resolución 1065 del 26 de noviembre de 2001, pero posteriormente suspendido por la Resolución 1214 del 30 de septiembre de 2015, cuando se detuvo la aspersión aérea desde avionetas.
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No obstante, mediante la Resolución 1524 del 12 de diciembre de 2016, la Anla autorizó la aspersión terrestre con glifosato a través de distintas técnicas, entre ellas bombas de espalda, equipos estacionarios y el sistema Eatband, que corresponde al uso de drones. En esta modificación se estableció que la aplicación con drones requiere el aval previo del Comité Técnico Interinstitucional, liderado por el ministerio de Justicia, el cual debe certificar que se cumplen las condiciones técnicas de operación.
En ese contexto, la Anla precisó que no es necesario expedir un nuevo instrumento ambiental, ya que la autorización para estas modalidades se encuentra vigente. Así, una vez la Policía Nacional presente el aval del estudio de calibración y deriva emitido por el Comité Técnico Interinstitucional, la autoridad ambiental procederá a verificar su cumplimiento para dar inicio a la modalidad Eatband.
De igual manera, la entidad recordó que mediante la Resolución 2257 del 25 de septiembre de 2025 se actualizaron, vía seguimiento, las obligaciones ambientales del programa con el objetivo de reforzar los controles. Entre los ajustes se incluyeron nuevas áreas de exclusión, como las zonas de producción de alimentos del sector agrícola (APPA), la reducción de los límites máximos permisibles de residuos de glifosato y su metabolito Ampa en fuentes hídricas, la actualización del plan de contingencias y la incorporación de fichas de gestión social al Plan de Manejo Ambiental.
Finalmente, la Autoridad reiteró su compromiso con una gestión ambiental rigurosa, técnica y transparente, asegurando que las actividades autorizadas se desarrollen bajo criterios de protección ambiental, cumplimiento normativo y respeto por los territorios y las comunidades.
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