Publicidad

 
Publicidad

“Suspender un sistema preventivo es ir contra la vida humana”, Petro

Mandatario asegura que la legislación colombiana ordena un sistema preventivo.

Gustavo Petro 22 de oct
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 23/10/2025 - 20:17 Créditos: Gustavo Petro, presidente de Colombia. Tomada de Presidencia

El presidente Gustavo Petro rechazó la decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente el decreto con el que su gobierno había introducido cambios en el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo. 

A través de su cuenta en X, el mandatario afirmó: “Lo digo con todas las letras: suspender un sistema preventivo en un país es ir contra la vida humana (…) La ley ordena un sistema preventivo para Colombia”.

Le sugerimos leer (Consejo de Estado suspende decreto del Gobierno Petro que modificaba el modelo de salud)

La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal decidió suspender los efectos del Decreto 0858 del 30 de julio de 2025, norma que había sido cuestionada por diversos sectores por considerar que el Ejecutivo estaba intentando reformar el sistema de salud sin la aprobación del Congreso. El decreto modificaba las funciones de las EPS, transfería responsabilidades a las Secretarías de Salud, creaba los Centros de Atención Primaria (CAPS) y cambiaba el sistema de adscripción de usuarios.

La demanda fue presentada por el congresista Andrés Forero, del Centro Democrático, quien sostuvo que el Gobierno excedió sus competencias al regular la prestación del servicio de salud, un tema que —según argumentó— corresponde exclusivamente al Congreso. También afirmó que el decreto alteraba el modelo territorial de atención, imponía restricciones a la contratación y reasignaba competencias institucionales sin sustento legal.

Por su parte, el Ministerio de Salud, liderado por Guillermo Alfonso Jaramillo, defendió la legalidad del decreto, asegurando que no modificaba la estructura del sistema, sino que fortalecía la Atención Primaria en Salud (APS) y la organización funcional de los prestadores, de acuerdo con la Ley Estatutaria 1751 de 2015.

Sin embargo, el Consejo de Estado determinó que el decreto sí regulaba de manera integral elementos estructurales del sistema de salud, como la creación de las Redes Integrales e Integradas de Salud (RIITS), las cuales pasaban a ser gestionadas por las entidades territoriales y no por las EPS, lo que representaba una modificación sustancial que solo puede hacerse por ley.

Otras noticias

 

Etiquetas