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Polémica ley que regula encuestas políticas en Colombia está lista para sanción presidencial
El Congreso aprobó la norma que establece restricciones temporales, entrega obligatoria de bases de datos al CNE y sanciones penales por errores técnicos.

Una nueva ley que modifica de forma sustancial las reglas para la elaboración y publicación de encuestas políticas en Colombia fue aprobada por el Congreso y quedó lista para sanción presidencial. La norma ha desatado una fuerte controversia entre expertos, firmas encuestadoras y sectores académicos, que cuestionan tanto su contenido como el proceso acelerado con el que fue tramitada.
Durante su aprobación en el más reciente periodo legislativo, la iniciativa no fue consultada con las empresas especializadas en investigación de opinión, lo que ha generado inconformidad en el gremio y críticas por parte de analistas que advierten sobre su impacto en el ejercicio democrático.
Uno de los aspectos más discutidos es la prohibición de divulgar encuestas de intención de voto antes del 31 de octubre de 2025, fecha límite establecida por la norma. Esta restricción se aplica a las elecciones presidenciales de 2026, cuyo periodo de inscripción de candidaturas inicia el 31 de enero. Es decir, durante tres meses previos no se podrá publicar ningún sondeo de intención electoral, una medida que, según expertos, limita el seguimiento al comportamiento del electorado y restringe el debate público.
No obstante, la ley no impide completamente la realización de estudios de opinión durante ese periodo. Las encuestadoras podrán seguir evaluando variables como favorabilidad, conocimiento o reconocimiento de figuras públicas, pero deberán incluir obligatoriamente municipios con más de 800.000 habitantes, de acuerdo con las proyecciones del DANE.
Además, introduce nuevos requisitos técnicos y legales. Las empresas deberán remitir al Consejo Nacional Electoral (CNE) bases de datos utilizadas, grabaciones, formularios y registros de llamadas. Aunque la información personal debe mantenerse anonimizada, el CNE tendrá la potestad de auditar los procedimientos de recolección y análisis, y podrá ordenar sanciones en caso de fallas.
Para garantizar la supervisión técnica, se creará una Comisión Técnica conformada por estadísticos designados por universidades con programas en esta área. La estructura de auditoría fue diseñada con el acompañamiento de la experta Hanwen Zhang, estadística de origen chino reconocida por su trabajo en encuestas políticas en el país, quien asesoró en la definición de los lineamientos metodológicos de la ley.
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La norma también contempla la anulación automática de encuestas si se incumplen requisitos formales como el orden de las preguntas o la falta de firma de los responsables. Además, introduce responsabilidad penal por violaciones a las “leyes de la estadística”, una figura jurídica ambigua que, según académicos, no existe en el ordenamiento colombiano y podría dar pie a la judicialización de errores técnicos comunes.
El Consejo Nacional Electoral asume un papel central: regula, audita y sanciona. Sin embargo, la ley no establece mecanismos de apelación ni parámetros técnicos definidos para sus auditorías, lo que preocupa a quienes temen decisiones discrecionales sin control.
La iniciativa fue respaldada por congresistas de diferentes partidos, quienes la han presentado como parte de un “acuerdo nacional” para fortalecer la transparencia electoral. Sin embargo, observadores independientes advierten que las nuevas reglas podrían tener el efecto contrario, al reducir el acceso a información clave en momentos determinantes del calendario político y electoral.
Con la firma del presidente Gustavo Petro, esta normativa entraría en vigencia y comenzaría a aplicarse en el marco de las elecciones regionales y nacionales previstas para 2025 y 2026. Mientras tanto, persisten las dudas sobre su impacto real en la calidad del debate democrático en Colombia.
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