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Juzgado de Bogotá rechaza tutela presentada por Daniel Quintero por falta de legitimación
La justicia negó el recurso que buscaba permitir la inscripción por firmas de la precandidatura presidencial del exalcalde.
El Juzgado 62 Administrativo de Bogotá rechazó la acción de tutela presentada por Jorge Andelfo Ortega, quien actuaba en nombre del exalcalde de Medellín Daniel Quintero. El recurso alegaba que la Registraduría Nacional vulneró los derechos fundamentales del exmandatario al negar el registro del comité que pretendía inscribir su precandidatura presidencial para 2026 por firmas.
De acuerdo con la demanda, la entidad habría desconocido derechos como la igualdad, el debido proceso y la posibilidad de elegir y ser elegido, pues Quintero no pertenecía a ningún partido ni presentaba inhabilidades que impidieran su postulación.
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Según Ortega, la negativa carecía de sustento jurídico y afectaba las aspiraciones políticas del exalcalde. Sin embargo, el juez Pedro Javier Díaz Salazar señaló que, antes de evaluar el fondo de la discusión, era indispensable verificar la legitimación de quien interpuso la tutela.
En ese sentido, el despacho recordó que la figura de agencia oficiosa exige dos condiciones: que el actor declare expresamente que actúa en nombre de un tercero -lo cual sí ocurrió- y que se demuestre una imposibilidad real del titular de los derechos para ejercer directamente su defensa. No obstante, este segundo requisito no fue acreditado.
El juzgado advirtió que la tutela no explicó por qué Quintero no podía actuar por sí mismo, y pese a que se solicitó aclarar ese punto, no hubo respuesta por parte de Ortega ni se allegaron pruebas que demostraran tal imposibilidad. Por el contrario, el juez recordó que Quintero ha presentado tutelas de manera directa en el pasado, incluso una conocida por el mismo despacho, y que tampoco manifestó voluntad para ratificar el trámite iniciado en su nombre.
En consecuencia, la decisión concluyó que no existía legitimación por activa y que la agencia oficiosa no aplicaba al caso. “Al no demostrarse que el agenciado se encuentra en imposibilidad de asumir la defensa de sus propios derechos (…) es claro que el señor Jorge Andelfo Ortega Jaimes no tenía legitimación para presentar la acción de tutela”, se lee en el fallo.
Finalmente, el juzgado precisó que la acción constitucional no era procedente bajo el principio de legitimación en la causa por activa, motivo por el cual “se negará el amparo deprecado”. Con ello, la solicitud que buscaba habilitar el camino para la inscripción de la precandidatura presidencial de Daniel Quintero quedó sin efectos.
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