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Reiteran competencias de la Procuraduría para sancionar servidores electos por voto popular

Pormenores de la decisión del Alto Tribunal.

Corte Constitucional 9 Nov
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 11/10/2024 - 19:27 Créditos: Universidad Externado de Colombia

La Corte Constitucional revocó un fallo del Consejo de Estado que había anulado la sanción de destitución e inhabilidad impuesta por la Procuraduría a un funcionario público, reafirmando la facultad del Ministerio Público para aplicar sanciones disciplinarias a servidores electos por voto popular.

La decisión, dada a conocer este viernes, corresponde al caso del exalcalde de San José de Fragua, Caquetá, Duber Fabio Trujillo Medina, quien en 2014 fue sancionado por la Procuraduría. El fallo reafirma la autoridad del organismo de control para actuar contra funcionarios elegidos por sufragio.

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La postura de la Corte Constitucional se originó tras revisar una tutela presentada por la Procuraduría General de la Nación en contra de una sentencia emitida el 3 de agosto de 2023 por la Subsección B de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. 

Esta sentencia, a su vez, resolvía un recurso de apelación contra un fallo de primera instancia relacionado con el proceso promovido por Duber Fabio Trujillo Medina, exalcalde de San José de Fragua.

La Corte, al conocer este caso, determinó que la Procuraduría sí tiene competencia para imponer sanciones disciplinarias a funcionarios elegidos por voto popular, revirtiendo así la decisión anterior del Consejo de Estado.

De esta manera, el tribunal le ordenó al Consejo de Estado resolver de fondo la demanda en un plazo de dos meses, reconociendo la competencia de la Procuraduría en este tipo de medidas.

Este fallo tiene implicaciones en el debate político nacional, ya que el presidente Gustavo Petro ha sostenido que el Ministerio Público no tiene facultad para destituir o inhabilitar a funcionarios elegidos por voto popular.

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