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JEP rechaza desistimiento del exrepresentante a la Cámara Luis Almario Rojas
"El sometimiento a la JEP es integral, irrestricto e irreversible", le recordó esa Jurisdicción
A través de la Resolución 4590, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Justicia Especial para la Paz (JEP), decidió no aceptar la solicitud parcial de desistimiento del sometimiento presentada por el exrepresentante a la Cámara Luis Fernando Almario Rojas.
El exrepresentante pretendía que la JEP lo juzgara por un solo delito y no por varios por los que está siendo investigado.
Dicho delito está relacionado con su presunta participación en los homicidios de Diego Turbay Cote, Inés Cote de Turbay y Jaime Peña Cabrera, Edwin Amir Alarcón Angarita, Hamil Bejarano Martínez, Dagoberto Samboní Uni y Rafael Ocasiones Llanos.
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Almario no aceptó su responsabilidad por estos homicidios y la Sala de Reconocimiento lo envió a la Unidad de Investigación y Acusación para que inicie el proceso adversarial.
Pero Almario Rojas está siendo procesado también por concierto para delinquir agravado con grupos armados y constreñimiento al elector, proceso que se surte actualmente ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP.
"Valga señalar que frente a dicha sentencia, el compareciente presentó un recurso de apelación, en desarrollo del derecho a la doble conformidad, el cual está pendiente de fallo por la Corte Suprema de Justicia", dijo la Jurisdicción de Paz.
Por lo anterior, la JEP le recordó al exrepresentante que el sometimiento a la su Jurisdicción es integral, irrestricto e irreversible.
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