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Millonaria multa a constructora por engañar a los clientes en directo y a través de tres aplicaciones

Pormenores de la decisión contra la empresa.

Constructora imagen
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 31/01/2025 - 08:30 Créditos: Pexels / Imagen de referencia de constructora

La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor sancionó Construir Comundo S.A.S en liquidación con  una multa de ciento treinta millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos cuarenta y ocho pesos,  ($130.842.548) por diversas infracciones que vulneraron los derechos de los consumidores. Entre las conductas identificadas durante la investigación y que habría cometido la sociedad investigada se encuentra: 
 
1. Suministrar información confusa, engañosa e imprecisa sobre los plazos de pago de los créditos otorgados a través de las aplicaciones Popcash, Eastbay y 360 Crédito.

2. Suministrar información confusa, engañosa e insuficiente sobre el cobro derivado del uso de las aplicaciones Popcash, Eastbay, y sobre el valor de este concepto.

3. Fallas de calidad en el proceso de cobranza y desembolso de los créditos otorgados por medio de las mencionadas aplicaciones.

4. Incluir cláusulas abusivas en los “Términos y condiciones generales de uso de la aplicación”.

5. Infringir las normas que regulan el comercio electrónico, por no contar con mecanismos para que los consumidores pudieran radicar sus peticiones, quejas o reclamos y no disponer de un enlace visible y fácilmente identificable que permitiera a los consumidores ingresar a la página de esta Superintendencia. 
6. Incumplir las órdenes impartidas por estaautoridad.

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La investigación se inició a partir de 13 denuncias presentadas por los usuarios de las aplicaciones, la declaración juramentada rendida por una de las usuarias, y las visitas de inspección realizadas por el Grupo de Trabajo de Informática Forense y Seguridad Digital de esta Superintendencia. 
 
Este tipo de decisiones tienen importantes implicaciones para la ciudadanía, ya que garantizan la protección de sus derechos, especialmente en los siguientes aspectos: (i) la obligación de brindar información clara y transparente sobre los términos y condiciones en los créditos; (ii) la existencia de procesos de cobranza y desembolso de créditos más justos y respetuosos con la dignidad humana; y (iii) la eliminación de cláusulas abusivas. 
 
Con esta sanción la SIC del Cambio reafirma sucompromiso con la protección de los derechos de los consumidoregs y la promoción de una cultura de transparencia y responsabilidad en las operaciones mediante sistemas de financiación. 
 
Contra el acto administrativo sancionatorio procede el recurso de reposición ante la directora de investigaciones de protección al consumidor y apelación ante la superintendente delegada para la protección del consumidor.

 

 

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