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Así avanzan las solicitudes de reorganización empresarial de Viva Air y Ultra Air
La Superintendencia de Sociedades entregó el estado de los procesos de insolvencia de las 'low cost'.
La Superintendencia de Sociedades informó el estado de las solicitudes de inicio de procesos de reorganización empresarial de las aerolínea Viva Air y Ultra Air requeridas por la Superintendencia de Transporte.
Viva Air
"Como consecuencia de la referida solicitud, con oficio de 15 de marzo, el Juez del concurso requirió a la sociedad la remisión de la información exigida en la ley, otorgando un término de 30 días conforme lo disponen los artículos 14 y 15 del Régimen de Insolvencia", explica la Supersociedades.
Dicho requerimiento venció el pasado 3 de mayo de 2023, y fue atendido por la sociedad dentro del término. Actualmente, se encuentra en estudio la información.
Ultra Air
"A la fecha, se encuentra corriendo el término de 30 días establecido en la ley para que la sociedad allegue la documentación requerida por el Juez del concurso mediante oficio de 10 de abril de 2023", comentó el entre regulador.
Esta solicitud vencerá el próximo 24 de mayo de 2023, fecha en la cual deberá ser entregada la documentación.
"En caso de admitir a las entidades al proceso de reorganización, se buscará cumplir con la finalidad prevista en el régimen de insolvencia en Colombia, de preservar empresas viables y socialmente responsables, y así mismo, proteger los derechos de los acreedores y a los usuarios perjudicados por el cese de las operaciones de las aerolíneas", dijo el supersociedades Billy Escobar.
En cuanto al proceso de insolvencia el ente de control explica que una vez sean admitidas las 'low cost' la deudora contará con 10 días para actualizar el inventario y el promotor designado, en caso de no ser admitidas se decretará la liquidación judicial.
Si son admitidas al proceso de insolvencia tanto el inventario como los proyectos, se corre traslado por los términos de 10 y cinco días, respectivamente, término dentro del cual, los interesados pueden presentar objeciones en ejercicio de su derecho de contradicción.
"Luego de esta etapa, inicia un periodo de conciliación por un término de 10 días y con su resultado, se cita a audiencia de Resolución de Objeciones, en la que el Juez del concurso realiza el control de legalidad sobre las conciliaciones y allanamientos presentados por la deudora, y se pronuncia sobre las objeciones pendientes por resolver que no fueron ni conciliadas ni allanadas", aclara la Supersociedades.
Finalmente, de no confirmarse el acuerdo de reorganización, se termina el proceso de reorganización y se decreta la apertura del proceso de liquidación judicial de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley 1116 de 2005.
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