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Pico y placa en Bogotá hoy jueves 27 de marzo: ¿Quiénes pueden circular y en qué horarios?
El horario del pico y placa es de 6:00 a. m. a 9:00 p. m.

La medida de pico y placa en Bogotá continúa regulando el tráfico vehicular en la ciudad. Este jueves 27 de marzo de 2025, los ciudadanos deben estar atentos a las restricciones establecidas por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) para evitar sanciones y planificar mejor sus desplazamientos. A continuación, te contamos quiénes pueden circular y en qué horarios opera la restricción.
Restricciones para vehículos particulares
Para este jueves, los vehículos particulares con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 tienen autorización para circular sin restricciones. En contraste, aquellos con placas finalizadas en números diferentes deberán acogerse a la medida y abstenerse de transitar en los horarios estipulados.
El horario del pico y placa para los vehículos particulares es de 6:00 a. m. a 9:00 p. m., periodo durante el cual quienes no estén exentos deben evitar el uso de sus automotores o considerar alternativas de movilidad como el transporte público, la bicicleta o el servicio de transporte compartido.
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Pico y placa para taxis
Los taxis también tienen restricciones, pero con una dinámica distinta a la de los vehículos particulares. Hoy jueves, los taxis con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0 podrán circular sin limitaciones, mientras que los demás deberán acogerse a la restricción.
El horario del pico y placa para taxis rige desde las 5:30 a. m. hasta las 9:00 p. m., por lo que los conductores deben programar sus servicios teniendo en cuenta esta normativa para evitar inconvenientes o posibles sanciones.
Excepciones y alternativas para el pico y placa
Para aquellos conductores que necesiten utilizar su vehículo sin restricciones, la SDM ofrece la opción del Pico y Placa Solidario, un mecanismo que permite pagar una tarifa establecida para quedar exento de la medida. Para acceder a este beneficio, es necesario registrarse a través de la página web oficial de la Secretaría Distrital de Movilidad y cumplir con los requisitos correspondientes.
Además, ciertas categorías de vehículos están exentas de la medida, como los automotores eléctricos e híbridos, los de emergencias, seguridad y transporte de personas en condición de discapacidad. Es recomendable verificar en la página de la SDM si el vehículo se encuentra dentro de las excepciones vigentes.
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