Publicidad

 
Publicidad

Confirman suspensión de director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi

Argumentos jurídicos de la decisión.

Jairo Alexis Frías Peña
Por Agencia Periodismo Investigativo | Dom, 20/04/2025 - 10:07 Créditos: Imagen: www.igac.gov.co

La Procuraduría General de la Nación confirmó el fallo de primera instancia del 5 de diciembre de 2024, proferido por la Procuraduría Regional de Juzgamiento del Meta, en el sentido de imponer a Jairo Alexis Frías Peña en su calidad de director territorial Meta del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), sanción disciplinaria consistente en suspensión por dos (2) meses en el ejercicio de su cargo acorde con lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia.

Se ponen en conocimiento los hechos por las quejas presentadas por la señora María Stella Hernández, en la cual requería la intervención del Ministerio Público ante la Dirección Territorial Meta del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), a efectos de que este diera respuesta a unos requerimientos hechos por el Juzgado Promiscuo Municipal de Restrepo (Meta), dentro del trámite del proceso de deslinde y amojonamiento radicado No. 506064089001 2018 00254 00.

Lea también: (Capturan a ‘Tumaco’, jefe narco de las disidencias de ‘Iván Mordisco’)

El Ministerio Público investigó la omisión del funcionario en dar respuesta adecuada a la solicitud, la cual requería información de las plantas catastrales con sus respectivos cuadros y coordenadas de tres predios rurales.

Dentro del término legal, el señor Frías Peña, interpuso recurso de apelación al fallo de primera instancia del 5 de diciembre de 2024, de lo expuesto se evidencia que los argumentos esgrimidos por el apelante no desvirtúan la motivación contenida en el fallo de primera instancia. 

La Procuradora Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 1, resolvió confirmar el fallo de primera, en el sentido de imponer a Jairo Alexis frías Peña en su calidad de director territorial Meta del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), sanción disciplinaria consistente en suspensión por dos (2) meses en el ejercicio de su cargo.

Otras noticias

 

Etiquetas