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Ratifican sanción a constructora por infringir normas sobre lavado de activos
La Superintendencia de Sociedades resolvió los recursos de reposición y apelación interpuestos por la Constructora.
La Superintendencia de Sociedades resolvió los recursos de reposición y apelación interpuestos por la Constructora MECO S.A., Sucursal Colombia, contra la decisión que dispuso imponer una sanción consistente en multa por la transgresión al Régimen de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, por parte de la sucursal.
La entidad confirmó la resolución sancionatoria en la que se constató que la sucursal no dio cumplimiento a las disposiciones previstas en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica y ordenó al Representante Legal leer la resolución en la próxima reunión de la junta directiva o máximo órgano social dejando constancia expresa en el acta respectiva.
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Sobre el particular, el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, sostuvo “las sucursales, como establecimientos de comercio abiertos en Colombia por una sociedad domiciliada en el exterior, se encuentran sometidas al cumplimiento irrestricto de la ley mercantil y las ordenes que imparta esta Superintendencia. Es importante que tanto las matrices, como las sucursales, entiendan la importancia de poner en funcionamiento un sistema de autocontrol que tenga en cuenta los riesgos propios de cada una, el tipo de negocio, el tamaño y las áreas geográficas en donde operan, que difieren en la mayoría de casos entre la matriz y la sucursal”.
Aseguró la Superintendencia de Sociedades, que seguirá trabajando por garantizar el respeto irrestricto por las normas de cumplimiento corporativo en el marco del pronto y debido trámite de las actuaciones administrativas.
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